EL CURRÍCULO NACIONAL DE EDUCACIÓN Y LA CONSULTA A LOS PADRES DE FAMILIA
A
manera de una breve introducción queremos partir citando el artículo primero de
la Ley General de Educación Ley N° 28044, el mismo que a la letra dice:
Artículo
1°.- Objeto y ámbito de aplicación
"La
presente ley tiene por objeto establecer los lineamientos generales de la
educación y del Sistema Educativo Peruano, las
atribuciones y obligaciones del Estado y los derechos y responsabilidades de
las personas y la sociedad en su función educadora. Rige todas las
actividades educativas realizadas dentro del territorio nacional, desarrolladas
por personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o
extranjeras" (Las
negritas nos nuestras).
Como
podemos darnos cuenta este artículo es el punto de partida de la ley general de
educación, el cual busca asentar las bases o reglas de juego a nivel general de
todo el sistema educativo nacional. Efectivamente, hace de manifiesto que el
Estado tiene atribuciones y también responsabilidades, pero también señala que
las personas y la sociedad en su conjunto tienen derechos y
responsabilidades en materia de
educación. Es en este ámbito, que los padres de familia como los primeros
educadores de sus hijos, tienen plena participación en estos derechos y
responsabilidades.
1.
LAS IMPLICANCIAS DEL CURRÍCULO NACIONAL DE EDUCACIÓN BÁSICA EN EL
APRENDIZAJE DE LOS ESTUDIANTES COMO
RAZÓN SUFICIENTE PARA SOMETERLO A CONSULTA NACIONAL A LOS PADRES DE FAMILIA.
Tal
como se desprende de la parte introductoria del Currículo Nacional de la
Educación Básica, señala claramente que éste es la base para la elaboración de
los programas y herramientas curriculares de Educación Básica Regular,
Educación Básica Alternativa y Educación Básica Especial, así como para la
diversificación a nivel regional y de institución educativa.
Asimismo,
el Currículo Nacional de la Educación Básica orienta los aprendizajes que se
deben garantizar como Estado y sociedad; y como instrumento base de la política
educativa, tiene como objetivo la mejora de los aprendizajes de los estudiantes
y enmarca los esfuerzos que el Ministerio de Educación realiza por la mejora de
la competitividad docente, la infraestructura educativa y la gestión de las
Instituciones Educativas. Por lo tanto este documento es la principal
materialización de las políticas educativas que emprende el Estado, el cual se
ejecuta en todo el territorio nacional; de allí su importancia.
Efectivamente,
Luego de casi cinco años de trabajo, el Ministerio de Educación publicó la
Resolución Ministerial Nº 281-2016-MINEDU, que aprueba el Currículo Nacional y
dispuso implementarlo a partir del primero de enero del 2017 en todas las
instituciones y programas educativos de educación básica públicos y privados.
Consecuentemente, a partir de ese momento se dejó sin efecto el Diseño
Curricular Nacional aprobado el año 2009 y la Resolución Ministerial Nº
199-2015-MINEDU, que modificó los contenidos de varias de las áreas de formación.
Ahora
bien, debemos señalar que elevar la calidad del servicio educativo constituye
un tema complejo, que implica diversas variables, y que se vuelve
particularmente complejo en nuestro contexto de sociedad, de profundas
desigualdades socio-económicas. Es por ello que las políticas educativas deben
diseñarse y trabajarse siempre bajo principios y parámetros, y estos deben ser:
· La Participación, entendida como la
más amplia y democrática consulta de todos los sectores de la vida nacional.
· El Bien Común, entendiendo que en esta
labor debe primar el interés colectivo y no responder a intereses particulares.
· La Transparencia, entendida como la
difusión y publicidad de los hallazgos a fin de que sean ampliamente conocidos.
· La Corresponsabilidad, en el entendido
de que la educación supone una responsabilidad compartida entre la sociedad y
el Estado como órgano rector.
En
ese sentido, si bien el currículo deberá introducir temas y materias que
contribuyan a una formación humanista, científico y tecnológico, también debe
fomentar una educación acorde a nuestra diversidad, valorando el legado de
nuestra cultura, el cual incluye las creencias y valores de cada sector de la
población. Tomando en cuenta ello, se podrá promover la verdadera inclusión en
los planes de estudio, además de lograr una correcta cultura de paz y de
fortalecimiento democrático. Hay que
entender que una eficaz enseñanza de los valores es una misión que compete no
sólo a las instituciones de enseñanza; es también tarea de las familias, los
gobernantes, los medios de comunicación y la sociedad en general; por
consiguiente, en atención a todos estos puntos, es vital y necesario que el
Currículo Nacional haya sido sometido a consulta nacional, para que de esa
manera se garantice el respeto y fortalecimiento de una verdadera democracia
que represente las demandas de cada sector de la población y sean articuladas
en un consenso nacional para la elaboración de una política educativa mucho más
integral en aras de la búsqueda una excelente educación.
2.
EL DERECHO PRIORITARIO DE LOS PADRES EN LA EDUCACIÓN DE SUS HIJOS COMO
JUSTIFICACIÓN NECESARIA PARA LA REALIZACIÓN DE LA CONSULTA NACIONAL.
Uno
de los principales argumentos de la demanda de Acción Popular planteada contra
el mencionado currículo de educación, acusa de que éste en ninguna parte señala
que se haya consultado a los padres para su elaboración. Es así, que en el
propio texto de presentación del Currículo, se establece cuál fue el proceso de
su elaboración, y en este apartado no hace mención alguna a la supuesta participación a los
padres de familia y la sociedad en su conjunto. En efecto, el propio currículo
en su presentación señala que para su
elaboración se ha consultado a docentes, especialistas, expertos nacionales e
internacionales, etc., pero no menciona a los padres; por consiguiente es un
hecho que el MINEDU no ha podido ni podrá refutar.
Siendo
la familia la primera y más importante institución educadora, como tal lo ha reconocido
el mismo Ministerio de Educación, en labios de la propia ministra de educación
cuyas declaraciones han sido públicas, es lógico y razonable que debe dotársela
de recursos para que pueda ejercer cada vez mejor su rol en el fomento de una
cultura de crianza adecuada y la consolidación de una formación integral de los
estudiantes; esto es, garantizar su rol participativo en los planes nacionales
de educación. Las familias deben ser objeto de periódicas capacitaciones para
que puedan operar como importantes aliados de la educación y no simplemente
excluyéndolos como ha ocurrido.
El
derecho formador prioritario que ostentan los padres, debe obligar al Estado a
tomar las previsiones para garantizar la plena participación de éstos en la
elaboración de los programas educativos; toda vez que, este derecho preferente
está internacionalmente reconocido y consagrado en los tratados que el Perú es
parte. Citando a las más importantes, tenemos: el último párrafo del artículo
26° de la Declaración Universal de los Derechos Humanos que señala: "Los padres tendrán derecho preferente
a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos"; así
también, el último párrafo del artículo 18° del Pacto Internacional de los
Derechos Civiles y Políticos donde consagra: "Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a respetar
la libertad de los padres y, en su caso, de los tutores legales, para
garantizar que los hijos reciban la educación religiosa y moral que esté de
acuerdo con sus propias convicciones".
Nuestra
Constitución y nuestra legislación interna no es ajena en reconocer también
este derecho prioritario, así lo consagra el artículo 13° de nuestra Carta
Magna, que a la letra dice: "(....)
Los padres de familia tienen el deber de educar a sus hijos y el derecho de
escoger los centros de educación y de participar en el proceso educativo";
esto en concordancia con lo estipulado en el artículo 74º, literal c) del
Código de Niños y Adolescentes, donde señala que es deber y derecho de los
padres a: "c) Dirigir su proceso
educativo y capacitación para el trabajo conforme a su vocación y
aptitudes"; por último, tenemos también a lo establecido en el
artículo 5º, de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, que señala: "La libertad de enseñanza es reconocida
y garantizada por el Estado. Los padres de familia, o quienes hagan sus veces,
tienen el deber de educar a sus hijos y el derecho a participar en el proceso
educativo y a elegir las instituciones en que éstos se educan, de acuerdo con
sus convicciones y creencias".
Entonces,
queda claro, que tanto la legislación externa como interna, afirman la primacía
de los padres en el ejercicio de su derecho a elegir el tipo de educación que
quieren para su hijos; es decir, no es el Estado, ni terceros, quienes pueden
decidir ello, porque el hacerlo, no solo significaría una vulneración evidente
a ese derecho, sino también, una clara renuencia a las normas internacionales
las cuales son de estricto cumplimiento.
3.
FUNDAMENTOS LEGALES QUE LEGITIMAN UNA NECESARIA CONSULTA NACIONAL A LOS
PADRES DE FAMILIA.
Sabemos
que someter a una consulta nacional las políticas educativas implica costos y
un gran esfuerzo por parte del Estado; sin embargo, esta consulta se justifica
en que no solo se obtendrá un verdadero diagnóstico de nuestra realidad
educativa y por ende las propuestas de mejora y desarrollo, sino que también,
su realización implica el cumplimiento de todo un marco legal y ético en torno
a la necesaria y efectiva participación de los padres de familia y de la comunidad en general en la elaboración de
dichas políticas.
Y es
que, como sabemos la educación es un derecho humano inalienable y un deber del
Estado garantizarlo, por lo tanto éste asume la rectoría en los procesos de
definición, organización, ejecución y supervisión de las políticas educativas
del país; asimismo, debemos de tomar en cuenta que, la educación está
fundamentada en el respeto a todas las corrientes del pensamiento, con la
finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno
ejercicio de su personalidad.
Debemos
de saber también que son principios universales de la educación la democracia
participativa, la responsabilidad social, la igualdad entre todos los
ciudadanos y ciudadanas, la formación para la independencia, la defensa de la
soberanía, la formación de una cultura de paz, la justicia social, el respeto
por los derechos humanos, la no discriminación y la inclusión. Todo ello es
razón suficiente para que dicha consulta nacional sea viable y necesaria.
Ahora
bien, nuestra legislación especial en materia de educación, la Ley General de
Educación, nos brinda el marco legal suficiente para plantear que la consulta
nacional es un presupuesto contenido en las mismas normas de dicha regulación y
por lo tanto su exigencia es legítima y razonable. Así tenemos:
·
Artículo 7º.- Proyecto Educativo
Nacional. El Proyecto Educativo Nacional es el conjunto de políticas que dan el
marco estratégico a las decisiones que conducen al desarrollo de la educación. Se construye y desarrolla en el actuar
conjunto del Estado y de la sociedad, a través del diálogo nacional, del
consenso y de la concertación política, a efectos de garantizar su
vigencia. Su formulación responde a la diversidad del país (Las negritas nos nuestras).
·
Artículo 22°.- Función de la sociedad.
La sociedad tiene el derecho y el deber
de contribuir a la calidad y equidad de la educación. Ejerce plenamente
este derecho y se convierte en sociedad educadora al desarrollar la cultura y
los valores democráticos.
A
la sociedad, le corresponde:
a) Participar
en la definición y desarrollo de políticas educativas en el ámbito nacional,
regional y local. (Las
negritas nos nuestras).
·
Artículo 34°.- Características del
currículo-
El
currículo es valorativo en tanto responde al desarrollo armonioso e integral
del estudiante y a crear actitudes positivas de convivencia social,
democratización de la sociedad y ejercicio responsable de la ciudadanía. El
currículo es significativo en tanto toma en cuenta las experiencias y
conocimientos previos y las necesidades de los estudiantes. El proceso de formulación del currículo es
participativo y se construye por la comunidad educativa y otros actores de la
sociedad; por tanto, está abierto a enriquecerse permanentemente y respeta
la pluralidad metodológica. (Las
negritas nos nuestras).
·
Artículo 52°.- Conformación y
participación. La comunidad educativa
está conformada por estudiantes, padres
de familia, profesores, directivos, administrativos, ex alumnos y miembros
de la comunidad local. Según las características de la Institución Educativa,
sus representantes integran el Consejo Educativo Institucional y participan en
la formulación y ejecución del Proyecto Educativo en lo que respectivamente les
corresponda. La participación de los
integrantes de la comunidad educativa se realiza mediante formas democráticas
de asociación, a través de la elección libre, universal y secreta de sus
representantes. (Las
negritas nos nuestras).
·
Artículo 80°.- Funciones Son funciones
del Ministerio de Educación:
b)
Formular, aprobar, ejecutar y evaluar, de manera concertada, el Proyecto
educativo Nacional y conducir el proceso de planificación de la educación.
p)
Establecer los lineamientos básicos para
garantizar la participación de la sociedad civil en la orientación y
mejoramiento de la educación. (Las negritas nos nuestras).
·
Artículo 23º.- De la política
pedagógica Nacional
La
Política Pedagógica Nacional tiene por objetivo garantizar a los estudiantes el
acceso a una educación de calidad. Articula de manera coherente los factores de
calidad señalados en la Ley e incluye lineamientos y acciones fundamentales
respecto a:
a)
El diseño, diversificación, adaptación, implementación y evaluación de los
currículos.
b)
El enfoque, organización y conducción de los procesos pedagógicos en las
instituciones educativas.
c) La generación de un entorno educativo
armonioso, saludable, seguro, confiable, eficiente, creativo y ético favorable
a los aprendizajes.
d)
El diseño, validación, producción, distribución y utilización de los materiales
y recursos educativos y centros de recursos.
e) El diseño, organización y conducción de la
formación inicial y en servicio de los docentes.
f) La evaluación de estudiantes acorde a sus
características y el uso de sus resultados para mejorar sus aprendizajes.
g)
El diseño y utilización de instrumentos de gestión pedagógica.
h) La innovación e investigación en el sistema
educativo.
La
Política Pedagógica Nacional es formulada por el Ministerio de Educación,
considerando el Proyecto Educativo Nacional y los lineamientos de política
educativa, en coordinación con los Gobiernos Regionales y con la participación
del Consejo Nacional de Educación, el Colegio de Profesores, instituciones
académicas y organizaciones representativas de la sociedad.
En
cuanto a su reglamento encontramos la siguiente norma relevante:
·
Artículo
27º.- Currículo Nacional de la Educación Básica El Currículo Nacional de la
Educación Básica guarda coherencia con los fines y principios de la educación
peruana, señalados en la Ley, el Proyecto Educativo Nacional y los objetivos de
la Educación Básica. Es la base de la Política Pedagógica Nacional y es
elaborado por el Ministerio de Educación.
Contiene los aprendizajes que deben
lograr los estudiantes al concluir cada nivel y modalidad, mostrando su
progresión a lo largo de toda la escolaridad, así como la forma de evaluarlos a
nivel de proceso y resultados. Incluye un conjunto de competencias nacionales
priorizadas que constituyen el marco curricular nacional que serán monitoreadas
y evaluadas periódicamente por el Ministerio de Educación.
Este contenido, en correspondencia con
los objetivos de la Educación Básica, está fundamentado en un diagnóstico de la
realidad sociocultural y económica, así como de las necesidades y demandas de
las generaciones en formación. Tiene un sustento pedagógico y guarda coherencia
con las demandas globales a la a la educación del mundo contemporáneo en el
campo de la cultura, la ciencia y la tecnología.
Este currículo es flexible, permite
adecuaciones que lo hacen más pertinente y eficaz para responder a las características,
necesidades e intereses de los estudiantes.
La construcción de este currículo es
fruto de un proceso de consulta amplia con la comunidad educativa, las
organizaciones sociales y comunales, otros agentes del Estado y la sociedad
civil. En la Educación Básica Alternativa, incluye la participación de los
estudiantes, a través del Consejo de Participación de Estudiantes.
El currículo es monitoreado y evaluado
permanentemente por el Ministerio de Educación en su aplicación o
implementación, en corresponsabilidad con los Gobiernos Regionales, a través de
mecanismos técnicamente confiables que produzcan reportes periódicos de
conocimiento público, y empleando mecanismos de consulta amplia con la
ciudadanía.
La aprobación o modificación de su
enfoque se realiza sobre la base de un proceso de consulta y con opinión
técnica del Consejo Nacional de Educación, con el propósito de asegurar el
logro de sus objetivos y mejorar la calidad educativa.
La atención de los estudiantes con
necesidades educativas especiales tiene como referente los currículos de los
diferentes niveles, modalidades y formas que, al ser abiertos y flexibles,
permiten las diversificaciones y adaptaciones curriculares pertinentes a las
características y necesidades de los estudiantes.
4.
LA INEFICIENTE CONSULTA COMO FUENTE DE VULNERACIÓN DE DERECHOS
PRFERENTES Y LA FALTA DE REPRESENTATIVIDAD DE LA INSTITUCIONES SUBORDINADAS AL
MINEDU.
Constantemente
hemos visto a los responsables del Ministerio de Educación afirmar que la
formulación del Currículo Nacional de la Educación Básica ha sido ampliamente
trabajada durante 4 años, y para lo cual han consultado a más de 50,000 actores
del sistema educativo nacional, que supuestamente esto incluyó a padres de
familia, docentes y especialistas en educación.
El
04 febrero del 2016, Cecilia Ramírez,
titular de la Dirección de Educación Básica Regular del MINEDU, Afirmó que es
importante que la ciudadanía en general sea consultada respecto al Perfil de
Egreso de los Estudiantes de Educación Básica. "La participación de todos permite promover una visión sobre con
qué aprendizajes contarán los ciudadanos del futuro", refirió. Recordó
también que para el proceso de ajuste del Currículo Nacional, el MINEDU ha
recogido estudios y consultas realizadas entre el 2012 y el 2014, así como
conclusiones de reuniones realizadas durante el 2015 con representantes de
universidades, cooperación internacional, sectores público y privado, docentes
en servicio y expertos en educación. Igualmente, se consideró los aportes
recibidos en la consulta nacional organizada por el Consejo Nacional de
Educación (CNE) en la región Ayacucho, que convocó a más de 100 especialistas
del sector público, privado y sociedad civil de todo el país.
(http://www.andina.com.pe/agencia/noticia-invocan-a-participar-consulta-virtual-sobre-perfil-como-deben-egresar-escolares-597426.aspx).
“El MINEDU no trabaja de espaldas a la
realidad. No somos burócratas de escritorio. Nosotros dialogamos y construimos
junto con la comunidad nuestras propuestas educativas”, dijo la ministra Martens al presentar
el EIB en el Pucallpa (Ucayali).
Pilar
Biggio, asesora pedagógica del MINEDU afirmó en el programa No Hay Derecho de
Ideeleradio el 3 de Febrero 2017 “[¿Es verdad que el currículo fue consultado y
ha sido impuesto?] Este nuevo currículo
ha sido construido a puertas abiertas, no a puertas cerradas. Es imposible que
se consulte al 100% de padres de familia, pero sí se ha consultado a grupos de
padres, a de educadores, y a expertos en
el tema” (http://www.ideeleradio.org.pe/lo-mas-visto/minedu-curriculo-escolar-se-hizo-a-puertas-abiertas-consultando-a-padres-y-educadores/).
Entonces,
siendo un tema discutible la supuesta participación de los padres de familia en
la elaboración del currículo escolar, Paul Neira del Ben integrante del Consejo
Nacional de Educación, expreso en una entrevista a RPP, que hasta el momento no
se ha abierto un verdadero diálogo entre los implicados sobre este tema: “No se ha abierto realmente un diálogo, una
cosa es consulta -yo vengo con este
aparato, te lo pongo adelante y te digo que te parece?- y otra cosa es abrir un dialogo, donde nos
pongamos de acuerdo como peruanos, cosa que no sabemos hacer tampoco, (…) de
alguna manera, por algún lado tenemos que comenzar, (…) si no hay un dialogo
correcto entre padres y profesores se quiebra el 50% del aprendizaje de los
chicos”, señaló.
Nos
damos cuenta entonces, que no existe y nunca existió una correcta y eficiente
consulta a los padres para la elaboración del currículo nacional, que como ya
lo habíamos dicho, pues éste constituye el documento base de las políticas de
educación a nivel nacional.
Ahora
bien, es pues el Consejo Nacional de Educación el órgano encargado de
representar correctamente a los padres de familia a nivel nacional? Para
responder primero remitámonos a los que señala el Reglamento de la Ley General
de Educación en su artículo 162°, asi a la letra expresa:
Artículo
162º.- Finalidad y funcionamiento El Consejo Nacional de Educación es un órgano
especializado, consultivo y autónomo del Ministerio de Educación, integrado por
personalidades especializadas y representativas de la vida nacional,
seleccionadas con criterios de pluralidad e interdisciplinariedad. Tiene como
finalidad participar en la formulación, concertación, seguimiento y evaluación
del Proyecto Educativo Nacional, en las políticas y los planes educativos de
mediano y largo plazo y en las políticas intersectoriales sobre educación.
Maneja su presupuesto. Promueve acuerdos y compromisos educativos a través del
ejercicio participativo del Estado y la sociedad civil. Opina de oficio en
asuntos concernientes al conjunto de la educación peruana. El Consejo Nacional
de Educación está integrado por los consejeros, quienes en conjunto conforman
un organismo colegiado plural y multidisciplinario. La composición, funciones,
organización y renovación de los consejeros se establece por norma específica.
Así
también, el Reglamento Interno del Consejo Nacional de Educación aprobado
mediante RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 044-2016-MINEDU, señala:
Articulo
4.- El CNE está integrado por un conjunto plural y multidisciplinario de
veinticinco (25) personalidades designadas por el Ministerio de Educación
mediante Resolución Ministerial, por un periodo de seis (6) años calendario
consecutivos. En el ejercicio de sus funciones, los Consejeros gozan de plena
autonomía.
Entonces,
podemos afirmar que un órgano subordinado al MINEDU, no puede tener la capacidad de representación de los
padres de familia a nivel general, puesto que éste no goza de una verdadera
autonomía e independencia que garantice una correcta participación de todos los
sectores de la población y mucho menos garantice una eficiente viabilidad de
las demandas de los padres de familia.
Es
menester dejar en claro, que uno de los grandes desafíos que tiene el Estado en
materia de educación tiene que ver con
el reconocimiento práctico de que el Perú es un país en el que se expresa la
diversidad étnica, cultural y religiosa, lo que obliga a diseñar políticas y
emprender acciones en las que se reconozcan y potencien las prácticas de esta
diversidad cultural; por tanto no es posible que a través de una política
nacional educativa pretenda imponer una visión sociológica de la sexualidad a
través de un enfoque transversal que un gran sector de la población no
comparte, ya sea por cuestiones religiosas, morales o de cualquier otra índole.
Problemática como el que se refleja en el presente proceso obedece precisamente
a que el Estado no atendió esta realidad, lo que evidencia pues, que mecanismos
como la consulta nacional sean de vital importancia.
Queremos
que nuestra sociedad de ahora en el futuro sea una que esté informada sobre los
resultados obtenidos con las políticas y programas educativos locales y
nacionales, y participe en las discusiones y decisiones respecto a continuarlas
o cambiarlas. El Estado debe garantizar que todos los peruanos estén al tanto
de las metas de mejora de la calidad educativa que el país se plantee y permita
que muchos de nosotros tomemos parte activa en sistemas locales de
participación y vigilancia ciudadana para su cumplimiento.
5.
LA CONSULTA COMO BUENA PRAXIS EN AMÉRICA LATINA.
La
relevancia de un efectiva consulta a la comunidad y en especial a los padres de
familia, para asegurar con ello su correcta participación en la elaboración de
las políticas educativas, no deviene de
una invención de un sector de la población en nuestro país, y mucho menos en un mero capricho propia de
estos lares, sino todo lo contrario, esta buena práctica de someter a consulta
eficaz, ha tenido eco en otros países, quienes precisamente han comprendido que
solo se podrá alcanzar una educación de calidad
y de forma integral, si ésta contempla los aportes de toda la comunidad
educativa. Asi tenemos los siguientes ejemplos en nuestra región:
a)
CHILE
En
nuestro vecino país del sur se celebró “CONSULTA NACIONAL DE EDUCACION”, la
cual se trató de una consulta abierta, autónoma, en la cual organizaciones
sociales estudiantiles instaron a la participación del país entero con el fin
de que se exprese este sueño, tomando en cuenta la opinión de todos.
Esta
consulta nacional según se informó, constó de cinco preguntas y se realizó
entre el 2 y 9 de julio 2008, en el cual
participaron 103.754 personas, entre los cuales destacaron un gran
número de padres de familia. Esta
consulta popular fue llevada a cabo por diversas organizaciones
estudiantiles y sociales, con el fin de
recoger las opiniones de todos quienes quieran expresar sus ideas sobre la
educación que dicho país necesita. La consulta se desarrolló en dos
modalidades, mediante urnas tradicionales y vía votación electrónica en el
sitio web: “www.consultaeducacion.cl”.
De
los resultados de esta iniciativa
gubernamental se desprende que un 88% de los consultados se mostró a favor de
que el Estado garantice el derecho a la educación. Un 69% cree que la educación
debe estar a cargo de un organismo público. Mientras que el 75% se opone al
lucro con financiamiento estatal. [1]
b)
MEXICO
En
este importante y vasta nación se desarrolló “LA CONSULTA DEL NUEVO MODELO
EDUCATIVO 2016”, realizada en julio de ese mismo año, fue la gran oportunidad
para que lo mexicanos emitan su opinión sobre el Nuevo Modelo Educativo y la
propuesta curricular a partir de la cual se elaboraron los nuevos planes y programas
de estudio, asi como sus libros de texto.
Para
ello, se abrió la dirección electrónica “www.gob.mx/modeloeducativo2016”, un
foro donde la población, en un plazo determinado y sin prórroga, podía
consultar sobre la política educativa de su país, en la cual cualquier
ciudadano mexicano podía participar en el desarrollo del nuevo modelo de
enseñanza que forma parte de la Reforma educativa emprendida por dicha nación.
Con
la finalidad de garantizar una educación de calidad, dicha participación
ciudadana estaba dividida en tres secciones, siendo que en el tercero, se
presentó la propuesta curricular para el educación obligatoria 2016, que
contenía un planteamiento para la Educación Básica y Media Superior.
Dichos
esfuerzos no quedaron allí, sino que también, la Secretaria de Educación
Pública de México, inicio una serie de foros y debates con la sociedad mexicana
y una consulta en línea para recibir los distintos puntos de vista con el objetivo de reforzar y mejorar la
propuesta educativa.[2]
c)
VENEZUELA
La
República Bolivariana de Venezuela, a través de su Ministerio del Poder Popular
para la Educación, creo una comisión asesora para la calidad educativa,
conformado por instituciones y personas especializadas, cuyo fin fue impulsar
una consulta nacional y medidas inmediatas, en abril del 2014, para favorecer a
una mejor educación en dicho país.
Lo
que se denominó “CONSULTA NACIONAL POR LA CALIDAD EDUCATIVA” estuvo dirigida a
la más amplia discusión de la educación y la búsqueda de elementos comunes que
permitan avanzar hacia una educación de mayor calidad, y principalmente a la
obtención de líneas orientadoras para la formulación del currículo, la
formulación de políticas educativas nacionales y la transformación del sistema
educativo para generar una gestión institucional eficiente, comprometida y
sobre todo participativa.
Los
sectores consultados fueron los educadores de todos los niveles, escuelas
universitarias de educación, trabajadores académicos y de apoyo de la educación
básica, jefes de las zonas educativas, directores de escuelas, padres de
familia, representantes, gremios, asociaciones privadas dedicadas a la
educación, movimientos sociales cuyas practicas están asociadas a la educación,
comunidades indígenas, asociaciones
culturales, deportivas, estudiantes de todos los niveles y modalidades
gobernadores, alcaldes, y otras instituciones del Estado especialistas en el
área, defensorías escolares, el sector productivo del país, representantes de
las principales iglesias, comunidades organizadas, medios de comunicación,
organismos e instituciones internacionales vinculadas al tema educativo.
El
Gobierno de turno señaló que con dicha encuesta se hará énfasis en la formación
docente y en el fortalecimiento de la relación escuela, familia y comunidad. El
Ministerio informó que los cuatro meses de la consulta educativa, 7,2 millones
personas, entre padres y representantes, maestros, directores, estudiantes y el
poder popular participaron en este debate nacional, del cual se generaron las
políticas que regirán el sistema educativo de los próximos 10 años en dicho
país.[3]
En
nuestro país no fuimos ajenos ante esta necesidad, ya tenemos un antecedente
similar, que sin embargo no cumplió los fines que se propuso; es asi, que En
julio de 2,001, el nuevo presidente electo de Perú, Alejandro Toledo, propuso
un proceso de diálogo para lograr un amplio consenso social y contribuir a la
consolidación de la democracia. Esta propuesta se llamó “EL ACUERDO NACIONAL
POR LA EDUCACIÓN”, el cual implicó compromisos sobre temas absolutamente
específicos, para alcanzar resultados basados en la estabilidad institucional
del sistema democrático apuntando al año 2021, y lograr que la sucesión de
gobiernos asuman responsablemente la continuidad de las Políticas Estado
durante los próximos 20 años. Bajo el lema
“LA EDUCACIÓN ES TAREA DE TODOS” fomentaron que corresponde a la sociedad y en
especial a los líderes educativos promover la convergencia para fortalecer su
integración y articular sus esfuerzos, para obtener una educación de calidad,
que sea capaz de mejorar la situación social, política y económica de nuestro
País.[4]
Es
pues necesario encontrar conceptos
claros y compartidos por la mayoría de los grupos sociales y por las
comunidades escolares específicas, para arribar a un consenso sobre el tipo de
educación que todos los alumnos deben aprender en la escuela. Esas expectativas
de logro, llamadas también estándares en algunos países, deben determinarse
mediante un proceso de consulta técnica y social, con amplia participación de
todos los grupos de actores sociales, siendo los padres de familia los
principales por tener el derecho preferente en la educación de sus hijos, de
modo que gocen de tola legitimidad suficiente y sin limitaciones o
restricciones de ninguna clase.
Por
lo tanto, podemos concluir este acápite señalando que es indispensable que la
educación se transforme en el objeto de un debate social de magnitud y como
ámbito de consenso, donde los padres de familia, tengan una real y efectiva
participación, centrando ese debate en las cuestiones fundamentales que de
manera tan decisiva comprometen el futuro de la nación. Lo que hace necesario
que el currículo nacional de educación básica aprobado el 2016 e implementado
el presente año, se suspenda; por lo que
se debe seguir manteniendo el anterior currículo, hasta que el Estado garantice
y materialice un verdadero consenso nacional
de las políticas educativas a desarrollarse, en donde los padres de
familia hayan tenido plena participación, quizá no en su gran mayoría, pero al
menos acreditar un mecanismo puesto a disposición y sin barreras burocráticas
que permita el acceso a todos en un plazo determinado.
[1]
http://www.latercera.com/noticia/dan-a-conocer-resultados-de-consulta-nacional-de-educacion/
http://www.cctt.cl/correo/index.php?option=com_content&view=article&id=41:consulta-nacional-de-educacion&catid=14
[2]
http://www.eluniversal.com.mx/articulo/nacion/sociedad/2016/09/29/manana-concluye-la-consulta-del-nuevo-modelo-educativo-2016
[3]
http://www.telesurtv.net/news/Inicia-en-Venezuela-Consulta-nacional-por-la-calidad-educativa-20140423-0064.html
[4]
http://larepublica.pe/06-03-2001/el-acuerdo-nacional-por-la-educacion-una-oportunidad-para-el-dialogo-por-henry-herman
Comentarios
Publicar un comentario