EL CURRÍCULO NACIONAL DE EDUCACIÓN Y LA CONSULTA A LOS PADRES DE FAMILIA

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A manera de una breve introducción queremos partir citando el artículo primero de la Ley General de Educación Ley N° 28044, el mismo que a la letra dice:

Artículo 1°.- Objeto y ámbito de aplicación

"La presente ley tiene por objeto establecer los lineamientos generales de la educación y del Sistema Educativo Peruano, las atribuciones y obligaciones del Estado y los derechos y responsabilidades de las personas y la sociedad en su función educadora. Rige todas las actividades educativas realizadas dentro del territorio nacional, desarrolladas por personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras" (Las negritas nos nuestras).

Como podemos darnos cuenta este artículo es el punto de partida de la ley general de educación, el cual busca asentar las bases o reglas de juego a nivel general de todo el sistema educativo nacional. Efectivamente, hace de manifiesto que el Estado tiene atribuciones y también responsabilidades, pero también señala que las personas y la sociedad en su conjunto tienen derechos y responsabilidades  en materia de educación. Es en este ámbito, que los padres de familia como los primeros educadores de sus hijos, tienen plena participación en estos derechos y responsabilidades.


1.      LAS IMPLICANCIAS DEL CURRÍCULO NACIONAL DE EDUCACIÓN BÁSICA EN EL APRENDIZAJE  DE LOS ESTUDIANTES COMO RAZÓN SUFICIENTE PARA SOMETERLO A CONSULTA NACIONAL A LOS PADRES DE FAMILIA.

Tal como se desprende de la parte introductoria del Currículo Nacional de la Educación Básica, señala claramente que éste es la base para la elaboración de los programas y herramientas curriculares de Educación Básica Regular, Educación Básica Alternativa y Educación Básica Especial, así como para la diversificación a nivel regional y de institución educativa.

Asimismo, el Currículo Nacional de la Educación Básica orienta los aprendizajes que se deben garantizar como Estado y sociedad; y como instrumento base de la política educativa, tiene como objetivo la mejora de los aprendizajes de los estudiantes y enmarca los esfuerzos que el Ministerio de Educación realiza por la mejora de la competitividad docente, la infraestructura educativa y la gestión de las Instituciones Educativas. Por lo tanto este documento es la principal materialización de las políticas educativas que emprende el Estado, el cual se ejecuta en todo el territorio nacional; de allí su importancia.

Efectivamente, Luego de casi cinco años de trabajo, el Ministerio de Educación publicó la Resolución Ministerial Nº 281-2016-MINEDU, que aprueba el Currículo Nacional y dispuso implementarlo a partir del primero de enero del 2017 en todas las instituciones y programas educativos de educación básica públicos y privados. Consecuentemente, a partir de ese momento se dejó sin efecto el Diseño Curricular Nacional aprobado el año 2009 y la Resolución Ministerial Nº 199-2015-MINEDU, que modificó los contenidos de varias de las áreas de formación.

Ahora bien, debemos señalar que elevar la calidad del servicio educativo constituye un tema complejo, que implica diversas variables, y que se vuelve particularmente complejo en nuestro contexto de sociedad, de profundas desigualdades socio-económicas. Es por ello que las políticas educativas deben diseñarse y trabajarse siempre bajo principios y parámetros, y estos deben ser:

·         La Participación, entendida como la más amplia y democrática consulta de todos los sectores de la vida nacional.

·         El Bien Común, entendiendo que en esta labor debe primar el interés colectivo y no responder a intereses particulares.

·         La Transparencia, entendida como la difusión y publicidad de los hallazgos a fin de que sean ampliamente conocidos.

·         La Corresponsabilidad, en el entendido de que la educación supone una responsabilidad compartida entre la sociedad y el Estado como órgano rector.

En ese sentido, si bien el currículo deberá introducir temas y materias que contribuyan a una formación humanista, científico y tecnológico, también debe fomentar una educación acorde a nuestra diversidad, valorando el legado de nuestra cultura, el cual incluye las creencias y valores de cada sector de la población. Tomando en cuenta ello, se podrá promover la verdadera inclusión en los planes de estudio, además de lograr una correcta cultura de paz y de fortalecimiento democrático.  Hay que entender que una eficaz enseñanza de los valores es una misión que compete no sólo a las instituciones de enseñanza; es también tarea de las familias, los gobernantes, los medios de comunicación y la sociedad en general; por consiguiente, en atención a todos estos puntos, es vital y necesario que el Currículo Nacional haya sido sometido a consulta nacional, para que de esa manera se garantice el respeto y fortalecimiento de una verdadera democracia que represente las demandas de cada sector de la población y sean articuladas en un consenso nacional para la elaboración de una política educativa mucho más integral en aras de la búsqueda una excelente educación.


2.      EL DERECHO PRIORITARIO DE LOS PADRES EN LA EDUCACIÓN DE SUS HIJOS COMO JUSTIFICACIÓN NECESARIA PARA LA REALIZACIÓN DE LA CONSULTA NACIONAL.

Uno de los principales argumentos de la demanda de Acción Popular planteada contra el mencionado currículo de educación, acusa de que éste en ninguna parte señala que se haya consultado a los padres para su elaboración. Es así, que en el propio texto de presentación del Currículo, se establece cuál fue el proceso de su elaboración, y en este apartado no hace mención  alguna a la supuesta participación a los padres de familia y la sociedad en su conjunto. En efecto, el propio currículo en su presentación  señala que para su elaboración se ha consultado a docentes, especialistas, expertos nacionales e internacionales, etc., pero no menciona a los padres; por consiguiente es un hecho que el MINEDU no ha podido ni podrá refutar.

Siendo la familia la primera y más importante institución educadora, como tal lo ha reconocido el mismo Ministerio de Educación, en labios de la propia ministra de educación cuyas declaraciones han sido públicas, es lógico y razonable que debe dotársela de recursos para que pueda ejercer cada vez mejor su rol en el fomento de una cultura de crianza adecuada y la consolidación de una formación integral de los estudiantes; esto es, garantizar su rol participativo en los planes nacionales de educación. Las familias deben ser objeto de periódicas capacitaciones para que puedan operar como importantes aliados de la educación y no simplemente excluyéndolos como ha ocurrido.

El derecho formador prioritario que ostentan los padres, debe obligar al Estado a tomar las previsiones para garantizar la plena participación de éstos en la elaboración de los programas educativos; toda vez que, este derecho preferente está internacionalmente reconocido y consagrado en los tratados que el Perú es parte. Citando a las más importantes, tenemos: el último párrafo del artículo 26° de la Declaración Universal de los Derechos Humanos que señala: "Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos"; así también, el último párrafo del artículo 18° del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos donde consagra: "Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a respetar la libertad de los padres y, en su caso, de los tutores legales, para garantizar que los hijos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones".

Nuestra Constitución y nuestra legislación interna no es ajena en reconocer también este derecho prioritario, así lo consagra el artículo 13° de nuestra Carta Magna, que a la letra dice: "(....) Los padres de familia tienen el deber de educar a sus hijos y el derecho de escoger los centros de educación y de participar en el proceso educativo"; esto en concordancia con lo estipulado en el artículo 74º, literal c) del Código de Niños y Adolescentes, donde señala que es deber y derecho de los padres a: "c) Dirigir su proceso educativo y capacitación para el trabajo conforme a su vocación y aptitudes"; por último, tenemos también a lo establecido en el artículo 5º, de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, que señala: "La libertad de enseñanza es reconocida y garantizada por el Estado. Los padres de familia, o quienes hagan sus veces, tienen el deber de educar a sus hijos y el derecho a participar en el proceso educativo y a elegir las instituciones en que éstos se educan, de acuerdo con sus convicciones y creencias".

Entonces, queda claro, que tanto la legislación externa como interna, afirman la primacía de los padres en el ejercicio de su derecho a elegir el tipo de educación que quieren para su hijos; es decir, no es el Estado, ni terceros, quienes pueden decidir ello, porque el hacerlo, no solo significaría una vulneración evidente a ese derecho, sino también, una clara renuencia a las normas internacionales las cuales son de estricto cumplimiento.


3.      FUNDAMENTOS LEGALES QUE LEGITIMAN UNA NECESARIA CONSULTA NACIONAL A LOS PADRES DE FAMILIA.

Sabemos que someter a una consulta nacional las políticas educativas implica costos y un gran esfuerzo por parte del Estado; sin embargo, esta consulta se justifica en que no solo se obtendrá un verdadero diagnóstico de nuestra realidad educativa y por ende las propuestas de mejora y desarrollo, sino que también, su realización implica el cumplimiento de todo un marco legal y ético en torno a la necesaria y efectiva participación de los padres de familia y de  la comunidad en general en la elaboración de dichas políticas.

Y es que, como sabemos la educación es un derecho humano inalienable y un deber del Estado garantizarlo, por lo tanto éste asume la rectoría en los procesos de definición, organización, ejecución y supervisión de las políticas educativas del país; asimismo, debemos de tomar en cuenta que, la educación está fundamentada en el respeto a todas las corrientes del pensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad.

Debemos de saber también que son principios universales de la educación la democracia participativa, la responsabilidad social, la igualdad entre todos los ciudadanos y ciudadanas, la formación para la independencia, la defensa de la soberanía, la formación de una cultura de paz, la justicia social, el respeto por los derechos humanos, la no discriminación y la inclusión. Todo ello es razón suficiente para que dicha consulta nacional sea viable y necesaria.

Ahora bien, nuestra legislación especial en materia de educación, la Ley General de Educación, nos brinda el marco legal suficiente para plantear que la consulta nacional es un presupuesto contenido en las mismas normas de dicha regulación y por lo tanto su exigencia es legítima y razonable. Así tenemos:

·         Artículo 7º.- Proyecto Educativo Nacional. El Proyecto Educativo Nacional es el conjunto de políticas que dan el marco estratégico a las decisiones que conducen al desarrollo de la educación. Se construye y desarrolla en el actuar conjunto del Estado y de la sociedad, a través del diálogo nacional, del consenso y de la concertación política, a efectos de garantizar su vigencia. Su formulación responde a la diversidad del país (Las negritas nos nuestras).
                               
·         Artículo 22°.- Función de la sociedad. La sociedad tiene el derecho y el deber de contribuir a la calidad y equidad de la educación. Ejerce plenamente este derecho y se convierte en sociedad educadora al desarrollar la cultura y los valores democráticos.

A la sociedad, le corresponde:

a)      Participar en la definición y desarrollo de políticas educativas en el ámbito nacional, regional y local. (Las negritas nos nuestras).

·         Artículo 34°.- Características del currículo-

El currículo es valorativo en tanto responde al desarrollo armonioso e integral del estudiante y a crear actitudes positivas de convivencia social, democratización de la sociedad y ejercicio responsable de la ciudadanía. El currículo es significativo en tanto toma en cuenta las experiencias y conocimientos previos y las necesidades de los estudiantes. El proceso de formulación del currículo es participativo y se construye por la comunidad educativa y otros actores de la sociedad; por tanto, está abierto a enriquecerse permanentemente y respeta la pluralidad metodológica. (Las negritas nos nuestras).

·         Artículo 52°.- Conformación y participación. La comunidad educativa está conformada por estudiantes, padres de familia, profesores, directivos, administrativos, ex alumnos y miembros de la comunidad local. Según las características de la Institución Educativa, sus representantes integran el Consejo Educativo Institucional y participan en la formulación y ejecución del Proyecto Educativo en lo que respectivamente les corresponda. La participación de los integrantes de la comunidad educativa se realiza mediante formas democráticas de asociación, a través de la elección libre, universal y secreta de sus representantes. (Las negritas nos nuestras).

·         Artículo 80°.- Funciones Son funciones del Ministerio de Educación:

b) Formular, aprobar, ejecutar y evaluar, de manera concertada, el Proyecto educativo Nacional y conducir el proceso de planificación de la educación.

p) Establecer los lineamientos básicos para garantizar la participación de la sociedad civil en la orientación y mejoramiento de la educación.  (Las negritas nos nuestras).

·         Artículo 23º.- De la política pedagógica Nacional

La Política Pedagógica Nacional tiene por objetivo garantizar a los estudiantes el acceso a una educación de calidad. Articula de manera coherente los factores de calidad señalados en la Ley e incluye lineamientos y acciones fundamentales respecto a:

a) El diseño, diversificación, adaptación, implementación y evaluación de los currículos.

b) El enfoque, organización y conducción de los procesos pedagógicos en las instituciones educativas.

 c) La generación de un entorno educativo armonioso, saludable, seguro, confiable, eficiente, creativo y ético favorable a los aprendizajes.

d) El diseño, validación, producción, distribución y utilización de los materiales y recursos educativos y centros de recursos.

 e) El diseño, organización y conducción de la formación inicial y en servicio de los docentes.

 f) La evaluación de estudiantes acorde a sus características y el uso de sus resultados para mejorar sus aprendizajes.

g) El diseño y utilización de instrumentos de gestión pedagógica.

 h) La innovación e investigación en el sistema educativo.

La Política Pedagógica Nacional es formulada por el Ministerio de Educación, considerando el Proyecto Educativo Nacional y los lineamientos de política educativa, en coordinación con los Gobiernos Regionales y con la participación del Consejo Nacional de Educación, el Colegio de Profesores, instituciones académicas y organizaciones representativas de la sociedad.

En cuanto a su reglamento encontramos la siguiente norma relevante:

·         Artículo 27º.- Currículo Nacional de la Educación Básica El Currículo Nacional de la Educación Básica guarda coherencia con los fines y principios de la educación peruana, señalados en la Ley, el Proyecto Educativo Nacional y los objetivos de la Educación Básica. Es la base de la Política Pedagógica Nacional y es elaborado por el Ministerio de Educación.

Contiene los aprendizajes que deben lograr los estudiantes al concluir cada nivel y modalidad, mostrando su progresión a lo largo de toda la escolaridad, así como la forma de evaluarlos a nivel de proceso y resultados. Incluye un conjunto de competencias nacionales priorizadas que constituyen el marco curricular nacional que serán monitoreadas y evaluadas periódicamente por el Ministerio de Educación.

Este contenido, en correspondencia con los objetivos de la Educación Básica, está fundamentado en un diagnóstico de la realidad sociocultural y económica, así como de las necesidades y demandas de las generaciones en formación. Tiene un sustento pedagógico y guarda coherencia con las demandas globales a la a la educación del mundo contemporáneo en el campo de la cultura, la ciencia y la tecnología.

Este currículo es flexible, permite adecuaciones que lo hacen más pertinente y eficaz para responder a las características, necesidades e intereses de los estudiantes.

La construcción de este currículo es fruto de un proceso de consulta amplia con la comunidad educativa, las organizaciones sociales y comunales, otros agentes del Estado y la sociedad civil. En la Educación Básica Alternativa, incluye la participación de los estudiantes, a través del Consejo de Participación de Estudiantes.

El currículo es monitoreado y evaluado permanentemente por el Ministerio de Educación en su aplicación o implementación, en corresponsabilidad con los Gobiernos Regionales, a través de mecanismos técnicamente confiables que produzcan reportes periódicos de conocimiento público, y empleando mecanismos de consulta amplia con la ciudadanía.

La aprobación o modificación de su enfoque se realiza sobre la base de un proceso de consulta y con opinión técnica del Consejo Nacional de Educación, con el propósito de asegurar el logro de sus objetivos y mejorar la calidad educativa.

La atención de los estudiantes con necesidades educativas especiales tiene como referente los currículos de los diferentes niveles, modalidades y formas que, al ser abiertos y flexibles, permiten las diversificaciones y adaptaciones curriculares pertinentes a las características y necesidades de los estudiantes.


4.      LA INEFICIENTE CONSULTA COMO FUENTE DE VULNERACIÓN DE DERECHOS PRFERENTES Y LA FALTA DE REPRESENTATIVIDAD DE LA INSTITUCIONES SUBORDINADAS AL MINEDU.

Constantemente hemos visto a los responsables del Ministerio de Educación afirmar que la formulación del Currículo Nacional de la Educación Básica ha sido ampliamente trabajada durante 4 años, y para lo cual han consultado a más de 50,000 actores del sistema educativo nacional, que supuestamente esto incluyó a padres de familia, docentes y especialistas en educación.

El 04 febrero del 2016,  Cecilia Ramírez, titular de la Dirección de Educación Básica Regular del MINEDU, Afirmó que es importante que la ciudadanía en general sea consultada respecto al Perfil de Egreso de los Estudiantes de Educación Básica. "La participación de todos permite promover una visión sobre con qué aprendizajes contarán los ciudadanos del futuro", refirió. Recordó también que para el proceso de ajuste del Currículo Nacional, el MINEDU ha recogido estudios y consultas realizadas entre el 2012 y el 2014, así como conclusiones de reuniones realizadas durante el 2015 con representantes de universidades, cooperación internacional, sectores público y privado, docentes en servicio y expertos en educación. Igualmente, se consideró los aportes recibidos en la consulta nacional organizada por el Consejo Nacional de Educación (CNE) en la región Ayacucho, que convocó a más de 100 especialistas del sector público, privado y sociedad civil de todo el país. (http://www.andina.com.pe/agencia/noticia-invocan-a-participar-consulta-virtual-sobre-perfil-como-deben-egresar-escolares-597426.aspx).

“El MINEDU no trabaja de espaldas a la realidad. No somos burócratas de escritorio. Nosotros dialogamos y construimos junto con la comunidad nuestras propuestas educativas”, dijo la ministra Martens al presentar el EIB en el Pucallpa (Ucayali).

Pilar Biggio, asesora pedagógica del MINEDU afirmó en el programa No Hay Derecho de Ideeleradio el 3 de Febrero 2017 “[¿Es verdad que el currículo fue consultado y ha sido impuesto?] Este nuevo currículo ha sido construido a puertas abiertas, no a puertas cerradas. Es imposible que se consulte al 100% de padres de familia, pero sí se ha consultado a grupos de padres, a de educadores,  y a expertos en el tema” (http://www.ideeleradio.org.pe/lo-mas-visto/minedu-curriculo-escolar-se-hizo-a-puertas-abiertas-consultando-a-padres-y-educadores/).

Entonces, siendo un tema discutible la supuesta participación de los padres de familia en la elaboración del currículo escolar, Paul Neira del Ben integrante del Consejo Nacional de Educación, expreso en una entrevista a RPP, que hasta el momento no se ha abierto un verdadero diálogo entre los implicados sobre este tema: “No se ha abierto realmente un diálogo, una cosa es consulta  -yo vengo con este aparato, te lo pongo adelante y te digo que te parece?-  y otra cosa es abrir un dialogo, donde nos pongamos de acuerdo como peruanos, cosa que no sabemos hacer tampoco, (…) de alguna manera, por algún lado tenemos que comenzar, (…) si no hay un dialogo correcto entre padres y profesores se quiebra el 50% del aprendizaje de los chicos”, señaló.

Nos damos cuenta entonces, que no existe y nunca existió una correcta y eficiente consulta a los padres para la elaboración del currículo nacional, que como ya lo habíamos dicho, pues éste constituye el documento base de las políticas de educación a nivel nacional.

Ahora bien, es pues el Consejo Nacional de Educación el órgano encargado de representar correctamente a los padres de familia a nivel nacional? Para responder primero remitámonos a los que señala el Reglamento de la Ley General de Educación en su artículo 162°, asi a la letra expresa:

Artículo 162º.- Finalidad y funcionamiento El Consejo Nacional de Educación es un órgano especializado, consultivo y autónomo del Ministerio de Educación, integrado por personalidades especializadas y representativas de la vida nacional, seleccionadas con criterios de pluralidad e interdisciplinariedad. Tiene como finalidad participar en la formulación, concertación, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Nacional, en las políticas y los planes educativos de mediano y largo plazo y en las políticas intersectoriales sobre educación. Maneja su presupuesto. Promueve acuerdos y compromisos educativos a través del ejercicio participativo del Estado y la sociedad civil. Opina de oficio en asuntos concernientes al conjunto de la educación peruana. El Consejo Nacional de Educación está integrado por los consejeros, quienes en conjunto conforman un organismo colegiado plural y multidisciplinario. La composición, funciones, organización y renovación de los consejeros se establece por norma específica.

Así también, el Reglamento Interno del Consejo Nacional de Educación aprobado mediante RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 044-2016-MINEDU, señala:

Articulo 4.- El CNE está integrado por un conjunto plural y multidisciplinario de veinticinco (25) personalidades designadas por el Ministerio de Educación mediante Resolución Ministerial, por un periodo de seis (6) años calendario consecutivos. En el ejercicio de sus funciones, los Consejeros gozan de plena autonomía.

Entonces, podemos afirmar que un órgano subordinado al MINEDU, no puede  tener la capacidad de representación de los padres de familia a nivel general, puesto que éste no goza de una verdadera autonomía e independencia que garantice una correcta participación de todos los sectores de la población y mucho menos garantice una eficiente viabilidad de las demandas de los padres de familia.

Es menester dejar en claro, que uno de los grandes desafíos que tiene el Estado en materia de educación tiene que ver  con el reconocimiento práctico de que el Perú es un país en el que se expresa la diversidad étnica, cultural y religiosa, lo que obliga a diseñar políticas y emprender acciones en las que se reconozcan y potencien las prácticas de esta diversidad cultural; por tanto no es posible que a través de una política nacional educativa pretenda imponer una visión sociológica de la sexualidad a través de un enfoque transversal que un gran sector de la población no comparte, ya sea por cuestiones religiosas, morales o de cualquier otra índole. Problemática como el que se refleja en el presente proceso obedece precisamente a que el Estado no atendió esta realidad, lo que evidencia pues, que mecanismos como la consulta nacional sean de vital importancia.

Queremos que nuestra sociedad de ahora en el futuro sea una que esté informada sobre los resultados obtenidos con las políticas y programas educativos locales y nacionales, y participe en las discusiones y decisiones respecto a continuarlas o cambiarlas. El Estado debe garantizar que todos los peruanos estén al tanto de las metas de mejora de la calidad educativa que el país se plantee y permita que muchos de nosotros tomemos parte activa en sistemas locales de participación y vigilancia ciudadana para su cumplimiento.


5.      LA CONSULTA COMO BUENA PRAXIS EN AMÉRICA LATINA.

La relevancia de un efectiva consulta a la comunidad y en especial a los padres de familia, para asegurar con ello su correcta participación en la elaboración de las políticas educativas, no  deviene de una invención de un sector de la población en nuestro país,  y mucho menos en un mero capricho propia de estos lares, sino todo lo contrario, esta buena práctica de someter a consulta eficaz, ha tenido eco en otros países, quienes precisamente han comprendido que solo se podrá alcanzar una educación de calidad  y de forma integral, si ésta contempla los aportes de toda la comunidad educativa. Asi tenemos los siguientes ejemplos en nuestra región:

a)   CHILE

En nuestro vecino país del sur se celebró “CONSULTA NACIONAL DE EDUCACION”, la cual se trató de una consulta abierta, autónoma, en la cual organizaciones sociales estudiantiles instaron a la participación del país entero con el fin de que se exprese este sueño, tomando en cuenta la opinión de todos.

Esta consulta nacional según se informó, constó de cinco preguntas y se realizó entre el 2 y 9 de julio 2008, en el cual  participaron 103.754 personas, entre los cuales destacaron un gran número de padres de familia.  Esta consulta popular fue llevada a cabo por diversas organizaciones estudiantiles  y sociales, con el fin de recoger las opiniones de todos quienes quieran expresar sus ideas sobre la educación que dicho país necesita. La consulta se desarrolló en dos modalidades, mediante urnas tradicionales y vía votación electrónica en el sitio web: “www.consultaeducacion.cl”.

De los resultados de  esta iniciativa gubernamental se desprende que un 88% de los consultados se mostró a favor de que el Estado garantice el derecho a la educación. Un 69% cree que la educación debe estar a cargo de un organismo público. Mientras que el 75% se opone al lucro con financiamiento estatal. [1]

b)  MEXICO

En este importante y vasta nación se desarrolló “LA CONSULTA DEL NUEVO MODELO EDUCATIVO 2016”, realizada en julio de ese mismo año, fue la gran oportunidad para que lo mexicanos emitan su opinión sobre el Nuevo Modelo Educativo y la propuesta curricular a partir de la cual se elaboraron los nuevos planes y programas de estudio, asi como sus libros de texto.

Para ello, se abrió la dirección electrónica “www.gob.mx/modeloeducativo2016”, un foro donde la población, en un plazo determinado y sin prórroga, podía consultar sobre la política educativa de su país, en la cual cualquier ciudadano mexicano podía participar en el desarrollo del nuevo modelo de enseñanza que forma parte de la Reforma educativa emprendida por dicha nación.

Con la finalidad de garantizar una educación de calidad, dicha participación ciudadana estaba dividida en tres secciones, siendo que en el tercero, se presentó la propuesta curricular para el educación obligatoria 2016, que contenía un planteamiento para la Educación Básica y Media Superior.

Dichos esfuerzos no quedaron allí, sino que también, la Secretaria de Educación Pública de México, inicio una serie de foros y debates con la sociedad mexicana y una consulta en línea para recibir los distintos puntos de vista con  el objetivo de reforzar y mejorar la propuesta educativa.[2]

c)    VENEZUELA

La República Bolivariana de Venezuela, a través de su Ministerio del Poder Popular para la Educación, creo una comisión asesora para la calidad educativa, conformado por instituciones y personas especializadas, cuyo fin fue impulsar una consulta nacional y medidas inmediatas, en abril del 2014, para favorecer a una mejor educación en dicho país.

Lo que se denominó “CONSULTA NACIONAL POR LA CALIDAD EDUCATIVA” estuvo dirigida a la más amplia discusión de la educación y la búsqueda de elementos comunes que permitan avanzar hacia una educación de mayor calidad, y principalmente a la obtención de líneas orientadoras para la formulación del currículo, la formulación de políticas educativas nacionales y la transformación del sistema educativo para generar una gestión institucional eficiente, comprometida y sobre todo participativa.

Los sectores consultados fueron los educadores de todos los niveles, escuelas universitarias de educación, trabajadores académicos y de apoyo de la educación básica, jefes de las zonas educativas, directores de escuelas, padres de familia, representantes, gremios, asociaciones privadas dedicadas a la educación, movimientos sociales cuyas practicas están asociadas a la educación, comunidades indígenas,  asociaciones culturales, deportivas, estudiantes de todos los niveles y modalidades gobernadores, alcaldes, y otras instituciones del Estado especialistas en el área, defensorías escolares, el sector productivo del país, representantes de las principales iglesias, comunidades organizadas, medios de comunicación, organismos e instituciones internacionales vinculadas al tema educativo.

El Gobierno de turno señaló que con dicha encuesta se hará énfasis en la formación docente y en el fortalecimiento de la relación escuela, familia y comunidad. El Ministerio informó que los cuatro meses de la consulta educativa, 7,2 millones personas, entre padres y representantes, maestros, directores, estudiantes y el poder popular participaron en este debate nacional, del cual se generaron las políticas que regirán el sistema educativo de los próximos 10 años en dicho país.[3]

En nuestro país no fuimos ajenos ante esta necesidad, ya tenemos un antecedente similar, que sin embargo no cumplió los fines que se propuso; es asi, que En julio de 2,001, el nuevo presidente electo de Perú, Alejandro Toledo, propuso un proceso de diálogo para lograr un amplio consenso social y contribuir a la consolidación de la democracia. Esta propuesta se llamó “EL ACUERDO NACIONAL POR LA EDUCACIÓN”, el cual implicó compromisos sobre temas absolutamente específicos, para alcanzar resultados basados en la estabilidad institucional del sistema democrático apuntando al año 2021, y lograr que la sucesión de gobiernos asuman responsablemente la continuidad de las Políticas Estado durante los próximos 20 años.  Bajo el lema “LA EDUCACIÓN ES TAREA DE TODOS” fomentaron que corresponde a la sociedad y en especial a los líderes educativos promover la convergencia para fortalecer su integración y articular sus esfuerzos, para obtener una educación de calidad, que sea capaz de mejorar la situación social, política y económica de nuestro País.[4]

Es pues necesario encontrar  conceptos claros y compartidos por la mayoría de los grupos sociales y por las comunidades escolares específicas, para arribar a un consenso sobre el tipo de educación que todos los alumnos deben aprender en la escuela. Esas expectativas de logro, llamadas también estándares en algunos países, deben determinarse mediante un proceso de consulta técnica y social, con amplia participación de todos los grupos de actores sociales, siendo los padres de familia los principales por tener el derecho preferente en la educación de sus hijos, de modo que gocen de tola legitimidad suficiente y sin limitaciones o restricciones de ninguna clase.

Por lo tanto, podemos concluir este acápite señalando que es indispensable que la educación se transforme en el objeto de un debate social de magnitud y como ámbito de consenso, donde los padres de familia, tengan una real y efectiva participación, centrando ese debate en las cuestiones fundamentales que de manera tan decisiva comprometen el futuro de la nación. Lo que hace necesario que el currículo nacional de educación básica aprobado el 2016 e implementado el presente año, se suspenda;  por lo que se debe seguir manteniendo el anterior currículo, hasta que el Estado garantice y materialice un verdadero consenso nacional  de las políticas educativas a desarrollarse, en donde los padres de familia hayan tenido plena participación, quizá no en su gran mayoría, pero al menos acreditar un mecanismo puesto a disposición y sin barreras burocráticas que permita el acceso a todos en un plazo determinado.


[1] http://www.latercera.com/noticia/dan-a-conocer-resultados-de-consulta-nacional-de-educacion/
http://www.cctt.cl/correo/index.php?option=com_content&view=article&id=41:consulta-nacional-de-educacion&catid=14
[2] http://www.eluniversal.com.mx/articulo/nacion/sociedad/2016/09/29/manana-concluye-la-consulta-del-nuevo-modelo-educativo-2016
[3]  http://www.telesurtv.net/news/Inicia-en-Venezuela-Consulta-nacional-por-la-calidad-educativa-20140423-0064.html
[4] http://larepublica.pe/06-03-2001/el-acuerdo-nacional-por-la-educacion-una-oportunidad-para-el-dialogo-por-henry-herman

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